DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2015

Fecha: 11-Ago-2015

Con relación art. 37.I.9

Con relación art. 37.I.9 del proyecto de la carta orgánica, se efectuó una modificación sustancial. En la DCP 0007/2015, se identificó dos cargos de incompatibilidad, el referido a la falta de previsión de coordinación con el nivel indígena (Autonomía Indígena Originaria Campesina), para el ejercicio de la competencia que regula la disposición y la impertinencia de la facultad reglamentaria en la disposición cuestionada, pero en lo que fue declarado incompatible, se realizó una adecuación correcta con referencia únicamente a la impertinencia de la facultad reglamentaria, dejando de lado el otro cargo de incompatibilidad; es decir, el relacionado a la exigencia de coordinación con el nivel indígena (Autonomía Indígena Originaria Campesina) para el ejercicio de la competencia asignada en el art. 302.I.6 de la CPE; consecuentemente, persiste el cargo de incompatibilidad.