DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2015
Fecha: 11-Ago-2015
declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, del art. 28.l numeral 1 del (…) proyecto
Con referencia al numeral 15 del artículo en análisis, falló señalando que: “La presente disposición, establece como un parámetro de distritación la condición ‘étnica’. Al respecto, cabe señalar que el art. 3 de la CPE, señala que: ‘La nación boliviana está conformada por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos y las comunidades interculturales y afro bolivianas que en su conjunto constituyen el pueblo boliviano’; es decir, a partir de la configuración del nuevo Estado Plurinacional, no se reconoce el uso del término ‘etnia’, toda vez que, éstos grupos sociales han pasado a denominarse como NPIOC.
La DCP 0001/2013, en su Fundamento Jurídico 3.I, al referirse a la naturaleza del nuevo Estado, ha señalado: ‘Siendo soberano como es el Estado, la soberanía efectivamente reside en el pueblo, en ese sentido, la Constitución Política del Estado, emplea el denominativo de pueblo, por una parte, para describir e identificar a la totalidad de bolivianas y bolivianos de país, comprendiendo así pueblo en su acepción amplia la composición plural de toda la sociedad boliviana; ahora bien, la misma Ley Fundamental, por otra parte, establece que pueblo y nación indígena originario campesino es toda la colectividad humana que comparta identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión, cuya existencia es anterior a la invasión colonial española.
En tal sentido la expresión «naciones y pueblos indígenas originario campesinos', no alude estrictamente ni a naciones ni a pueblos, que pudieran identificarse unos u otros en diferencia, así como tampoco lo hace con relación a indígenas, originarios o campesinos los mismos que pueden o no reclamar para sí una identidad propia, que se refiere a quienes habiendo poblado aún antes de la colonia, la amazonia, chaco, altiplano, llanos y valles, con rostros diferentes y diversidad de culturas, han mantenido a lo largo de la historia, sus raíces y filosofía de vida, naciones y pueblos indígena originario campesinos que hoy junto a todos los bolivianos y bolivianas habitamos la Madre Tierra formando el pueblo o nación boliviana que es de composición plural.
Lo «indígena originario campesino», por otra parte, está vinculado precisamente a la composición plural del pueblo boliviano en cuya historia destacan, como señala el preámbulo de la Constitución Política del Estado, luchas, sublevaciones, marchas y movimientos que a lo largo del tiempo han ido estructurando a naciones y pueblos arraigados a la tierra, en torno a organizaciones cuyos planteamientos fueron trasladados a la asamblea constituyente.
'Lo central de la discusión radicaba en la crítica a la autodeterminación de cada organización por parte de las otras; así, desde el CONAMAQ se criticaba tanto el hecho que la CSUTCB y la FNMCB-BS se autoidentificarán como “campesinos/as” como el que los pueblos de la CIDOB se definieran como indígenas. Asimismo, aquella organización criticaba la denominación de “pueblos” y “etnias” que venían en las propuestas de las otras organizaciones, sobre todo de tierras bajas. Para ellos, la definición de la identidad política correcta era “naciones”.
La CSUTCB y la FNMCB-BS, no tenían dificultad de articular su identidad de “campesinos/as” y de “originarios/as” de manera simultánea; su argumento era que las comunidades que la conforman como organizaciones mantienen formas culturales originarias y de manejo territorial a pesar del proceso de campesinización al que las sometió el Estado del 52. De igual manera, la definición de nación no era asumida por las organizaciones de la CIDOB debido al componente numérico de la diversidad cultural que representa: los pueblos indígenas de tierras bajas tienen dificultad de reconocerse como naciones debido a la reducida población que, en muchos casos, los conforman. En cambio, los quechuas, aymaras y guaraníes sí se autoreconocían como naciones originarias o indígenas»'.
- Fragmento 1
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- INCOMPATIBILIDAD
- III.
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- III.2. Confrontación y contrastación del contenido de las adecuaciones efectuadas al proyecto de
- Artículo 3. (Carta Orgánica Municipal y Sujeción).-
- Cargo de incompatibilidad
- declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado la palabra ‘superior’ y la frase ‘constituyéndose en una Carta Magna Municipal, a través de la cual se establecen las bases de la autonomía municipal,’ insertas en el art. 3 del (…) proyecto
- compatible
- compatibilidad
- Cargos de incompatibilidad
- corresponde declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado del art. 10 numeral 2 del (…) proyecto
- Artículo 12. (Distritos Municipales)
- declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, de las frases “pudiendo además organizarse en subcentralías y otros;” y “La jurisdicción territorial del sindicato agrario, comunitario, o junta vecinal, estarán dentro la jurisdicción territorial del municipio”, insertas en el parágrafo I del art. 12 del (…) proyecto
- Artículo 13. (Integración mediante Mancomunidad)
- la frase ‘en el marco de los parámetros establecidos por la Ley Municipal’ inserta en art. 13 de la (…) carta orgánica, es incompatible
- declarar la incompatibilidad de la frase ‘salvo excepciones establecidas por la Constitución, la Carta Orgánica y las Leyes’. Inserta en el texto del art. 17.ll del (…) proyecto
- Artículo 22. (Competencias concurrentes y compartidas)
- Fragmento 21
- Artículo 23. (Ejercicio de competencias)
- declarar la incompatibilidad de la frase ‘(…) a través del Gobierno Autónomo Municipal, salvo excepciones establecidas por Ley’ del art. 23 del Proyecto
- Cargos de incompatibilidad en la DCP 0007/2015
- declara la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, de la frase ‘El mismo está compuesto por las concejalas y concejales titulares electos mediante la democracia participativa o voto universal’, inserta en el texto del art. 26.l del (…) proyecto
- declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, del art. 28.l numeral 1 del (…) proyecto
- Artículo 28. (Atribuciones y Obligaciones del Concejo Municipal).-
- improcedencia
- Artículo 33. (Lugar de Sesiones del Concejo Municipal).-
- Bajo ese entendimiento, la frase aludida, se declara incompatible
- Artículo 37. (Atribuciones y obligaciones del Órgano Ejecutivo Municipal)
- declarar la incompatibilidad de la frase “del Gobierno Autónomo Municipal” inserta en el texto del art. 37.I numeral 6 del (…) proyecto
- Con referencia al art. 37.I.9
- Con referencia al art. 37.I.12
- Respecto al art. 37.I.29
- Con referencia al art. 37.I.30
- declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado de la frase ‘por sí mismo o en coordinación con autoridades e instituciones del nivel central del Estado y el Departamento’, inserta en el texto del art. 37.I numeral 30 del (…) proyecto
- Con referencia al art. 37.I.31
- En el art. 37.I.6
- En el numeral 12 del parágrafo I, artículo
- En el art. 37.I.29
- En el art. 37.I.30
- En el art. 37.I.31
- Con relación art. 37.I.9
- Artículo 39. (Estructura Administrativa del Órgano Ejecutivo Municipal).-
- Artículo 42. (Lugar y Funcionamiento del Gobierno Autónomo Municipal).-
- la frase “La inobservancia a este artículo será causal de procesamiento por delito de incumplimiento de deberes para las autoridades responsables.”; implica un acto de legislación sustantiva en materia penal, porque, tipifica como delito, el incumplimiento de una determinada norma autonómica municipal. Bajo ese entendimiento, la frase aludida, se declara incompatible
- Artículo 44. (Guardia Municipal).-
- declara incompatible con la Constitución Política del Estado, la frase “Podrá ser creada con la misión específica de contribuir en la defensa de la sociedad y la conservación del orden público y el cumplimiento de las normas municipales, en el marco del ejercicio y ejecución de las competencias municipales, y dentro la jurisdicción territorial del municipio:”, inserta en el texto del art. 44 del (…) proyecto
- declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, de la frase ‘y las demás leyes del Estado’, inserta en el parágrafo l y la frase ‘Además de las establecidas por las Leyes específicas del Estado central,’ inserta en el parágrafo ll, ambas del art. 45 del (…) proyecto
- declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, de los parágrafos ll y lll del art. 47 del (…) proyecto
- Artículo 51. (Equilibrio entre hombres y Mujeres en la Composición de Cargos Políticos).-
- Artículo 52. (Igualdad de Oportunidades para Ocupación de Cargo Políticos).-
- la frase “…Todas las formas de organización política…” del art. 51 y la frase “…tanto en sus organizaciones político partidarias…” del art. 52.l de la presente Carta Orgánica, se declaran incompatibles
- se declara incompatible con la Constitución Política del Estado
- Artículo 57. (Inasistencia a Sesiones).-
- Artículo 58. (Concejales y Concejalas Suplentes).-
- declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, del parágrafo ll del artículo 58 del (…) proyecto
- Artículo 61. (Forma de Elección de Alcalde o Alcaldesa).-
- consecuentemente, en tanto el art. 62 del presente proyecto de Carta Orgánica, no establezca como uno de sus requisitos, ‘Hablar al menos dos idiomas oficiales del país’ se declara incompatible con la Constitución Política del Estado
- Artículo 63. (Acreditación y Posesión de Cargos Electos)
- corresponde declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, del art. 63 del (…) proyecto
- el art. 66 del (…) Proyecto de Carta Orgánica, se declara incompatible
- Cargo de improcedencia
- declarar la incompatibilidad del término ‘tipificado’ inserto en el texto del parágrafo II del artículo 68 del (…) proyecto
- Disposición suprimida
- Artículo 73. (Revocatoria de Mandato).
- Cargo de incompatibilidad en la DCP 0007/2015
- declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, de la frase “conjuntamente sus suplentes” inserta en el parágrafo ll del art. 73 del (…) proyecto
- Fragmento 70
- Artículo 90. (Cumplimiento de las Normas Municipales)
- Artículo 91. (Fiscalización de la Gestión Municipal)
- Fiscalización Política.-
- Fiscalización Administrativa.-
- Fiscalización Operativa.-
- Fiscalización Técnica.-
- Fiscalización Tributaria.-
- Disposiciones suprimidas
- Artículo 93. (Fiscalización al Órgano Ejecutivo)
- declarar la incompatibilidad de la frase ‘el Organismo Municipal de Transparencia y Lucha contra la Corrupción, y por las instancias correspondientes del propio Órgano Ejecutivo’ inserta en el texto del parágrafo l y también la totalidad del parágrafo ll del art. 93
- Artículo 112. (Recepción y Entrega del Proyecto)
- Artículo 124. (Intolerancia a la corrupción)
- la frase ‘…considerándose además a la indiferencia y tolerancia como acto de complicidad de la corrupción’ del art. 124; implica un acto de legislación sustantiva en materia penal, por lo tanto, se declara incompatible
- Artículo 127. (Salud)
- se declara la incompatibilidad del parágrafo ll del art. 127 del (…) Proyecto
- Cargo de compatibilidad
- Artículo 132. (Desarrollo de la Infancia y Niñez).-
- Artículo 133. (Desarrollo de la Juventud).-
- Artículo 134. (Desarrollo de Personas Adultas Mayores).-
- parágrafo ll del art. 134 de la (…) Carta Orgánica, se declara incompatible
- Artículo 135. (Desarrollo de Personas con capacidades diferentes).-
- declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, del art. 135 en su integridad del proyecto
- Artículo 135. (Desarrollo de Personas con discapacidad).-
- Artículo 137. (Seguridad Ciudadana).-
- la frase ‘…sancionando todo acto contrario que afecte al desarrollo integral de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes’ del parágrafo ll del art. 137 del (…) proyecto
- Artículo 140. (Interculturalidad y Descolonización).-
- declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado del término ‘étnicas’ en el texto del parágrafo I del artículo 140
- Fragmento 98
- Artículo 146. (Baños Públicos y Alcantarillado).-
- declarar la incompatibilidad de la frase: ‘…En caso de insuficiencia financiera para la instalación de baños públicos, los baños de los restaurantes, bares, cafés y centros de hospedaje serán de uso público, a costos gratuitos o mínimos establecidos por reglamento municipal’ del parágrafo lll del art. 146 del (…) proyecto
- Artículo 148. (Vialidad y Caminos).-
- declarar, la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado del art. 148.l del (proyecto)
- Artículo 160. (Micro Riego).-
- declarar, la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado del art. 160 del (…) proyecto
- Artículo 164. (Explotación de Áridos y Agregados).-
- declarar, la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado del art. 164 del (…) proyecto
- Artículo 173. (Protección y Desarrollo de Ecosistemas y Biodiversidad).-
- declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado, de la frase ‘Y Biodiversidad’ inserta en el epígrafe del art.173, de la frase ‘la biodiversidad y’ inserta en el parágrafo l y la frase ‘y biodiversidad’ inserta en el parágrafo ll de la misma norma, del proyecto de carta Orgánica
- Artículo 177. (Representación y organización de la sociedad civil).-
- Artículo 178. (Igualdad género y oportunidades en la representación social).-
- Artículo 182. (Control Social Municipal).-
- Artículo 177. (Participación ciudadana).-
- Artículo 178. (Igualdad género y oportunidades en la participación ciudadana).-
- Fragmento 114
- 1º