Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0142/2016 de 15 de noviembre, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0142/2016 de 15 de noviembre, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 15-Nov-2016

Artículo 74. Acceso a la información.

3. Para el ejercicio del control social, las instancias definidas en el Ejecutivo Municipal, acordarán, la periodicidad y los procedimientos técnico - administrativos que permitan garantizar el flujo continuo de la información requerida, tal como señala la Ley de Participación y Control Social y su reglamentación”.