Los suscritos Magistrados expresan su disidencia respecto a la DCP 0027/2016 de 11 de abril, sobre la base de los fundamentos jurídicos constitucionales, que se desarrollan mediante el presente Voto Disidente.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados expresan su disidencia respecto a la DCP 0027/2016 de 11 de abril, sobre la base de los fundamentos jurídicos constitucionales, que se desarrollan mediante el presente Voto Disidente.

Fecha: 11-Abr-2016

Artículo 33.     Relaciones públicas, internacionales intergubernamentales e interinstitucionales

IV. El Gobierno Autónomo Municipal podrá relacionarse con gobiernos locales, regionales, nacionales e instituciones de otros países de manera directa, y para los casos de cooperación e intercambio económico, a través del ministerio e instancias públicas correspondientes del Gobierno Plurinacional, de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente”.