Los suscritos Magistrados expresan su disidencia respecto a la DCP 0027/2016 de 11 de abril, sobre la base de los fundamentos jurídicos constitucionales, que se desarrollan mediante el presente Voto Disidente.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados expresan su disidencia respecto a la DCP 0027/2016 de 11 de abril, sobre la base de los fundamentos jurídicos constitucionales, que se desarrollan mediante el presente Voto Disidente.

Fecha: 11-Abr-2016

y resultados

En este marco, es necesario considerar lo dispuesto por el art. 232              de la Norma Suprema, en los siguientes términos: “La Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados” (la negrilla nos pertenecen).

Se entiende así que la evaluación, como parte del proceso de gestión de la administración y las políticas públicas, está dirigida precisamente a dimensionar el logro de los resultados obtenidos en relación a los objetivos planteados, con la finalidad de proponer los ajustes necesarios bajo criterios de oportunidad.