Los suscritos Magistrados expresan su disidencia respecto a la DCP 0027/2016 de 11 de abril, sobre la base de los fundamentos jurídicos constitucionales, que se desarrollan mediante el presente Voto Disidente.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados expresan su disidencia respecto a la DCP 0027/2016 de 11 de abril, sobre la base de los fundamentos jurídicos constitucionales, que se desarrollan mediante el presente Voto Disidente.

Fecha: 11-Abr-2016

Artículo 34. Igualdad de oportunidades en la participación política

I. Todas y todos los  ciudadanos tiene derecho a participar, acceder o ser parte del Gobierno Autónomo Municipal, velar por la adecuada composición, relacionamiento y ejercicio del poder político local, de manera directa o a través de sus organizaciones políticas, organizaciones sociales, y sus representantes conforme a ley”.