SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0962/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0962/2017-S3

Fecha: 20-Sep-2017

ii)

                 ii)   De acuerdo a la doctrina legal establecidos en los puntos III.1 y III.2 corresponde  referirnos sobre la presunta falta de objeto posible, lícito en la Escritura Pública 561/2004, por cuanto, conforme se tiene del referido documento, no se especifica en ninguna de sus cláusulas la superficie total que tendría la parcela a la cual se hace mención, limitándose la vendedora a señalar que es propietaria junto con otras personas de una parcela de terreno rústico, por lo que al no constar en el documento la integridad de la superficie, el derecho propietario de la vendedora al 21 de enero de 1985 fecha y año de la suscripción del documento sí tenía derechos y acciones en los 1 000 m2, transferidos, toda vez que en el documento no se tiene consignada otra superficie de terreno, donde resulta que el contrato cuya nulidad se pretende, tiene un objeto posible, que consiste precisamente en la trasferencia de derecho propietario de los 1 000 m2 del señalado inmueble, es decir, se encuentra delimitado o determinado en la cuota parte que le corresponde del total del inmueble en cuestión, ubicado en la zona de “Ckara Puncu”, en la cual también consta que la vendedora en forma expresa señala: “El lote objeto de la transferencia se encuentra en el extremo oeste del plano levantado a mi nombre…” (sic),  de donde se tiene, que en el presente caso de Autos se encuentra perfectamente determinado el objeto al estar identificada la prestación (cuota parte de derecho propietario), además es lícito, por cuanto la prestación contractual fue acordada en forma libre y voluntaria la transferencia de derecho propietario entre la vendedora y los compradores que no está prohibida por ley (art. 161.I CC), en sí, el contrato cumple con la exigencia prevista por el art. 485 del CC que refiere: “Todo contrato debe tener un objeto posible lícito y determinado o determinable”;