SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0962/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0962/2017-S3

Fecha: 20-Sep-2017

iv)

               iv)   En relación al motivo ilícito, en el contrato descrito supra, no se encuentra que el motivo particular de las partes se haya inscrito en el acuerdo, es decir el móvil individual de las partes por las cuales procedieron con la compraventa del inmueble no se exterioriza en los términos contractuales, por esa situación de un análisis objetivo no se encuentra que el elemento subjetivo, motivo, se tenga en las consideraciones del contrato para que sea considerado ilícito;