PLURINACIONAL 0121/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

PLURINACIONAL 0121/2018-S1

Fecha: 16-Abr-2018

agravio identificado en el inc. 6),

En relación al agravio identificado en el inc. 6), relacionado con el art. 234.10 del CPP, el ahora accionante señaló que acompañó “…la jurisprudencia para determinar la peligrosidad de este señor dentro del alcance del num. 10, el no tiene antecedentes penales ni policiales y esta vez a diferencia anterior se ha acompañado documentación y dijeron no, dos de los jueces porque el tercero no dijo nada” (sic). Así, los Vocales ahora demandados señalaron que no se demostró que no es un peligro para la sociedad o para la víctima.

Como se puede advertir, en relación a este agravio, dichas autoridades también respondieron de forma clara al mismo, basando su determinación en los argumentos expuestos por el entonces recurrente, a partir de los cuales denotó la falta de acreditación de su inconcurrencia, por lo que este punto también se encuentra fundamentado.