PLURINACIONAL 0121/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

PLURINACIONAL 0121/2018-S1

Fecha: 16-Abr-2018

En cuanto al agravio identificado en el inc. 3),

         En cuanto al agravio identificado en el inc. 3), referente al domicilio presentó registro domiciliario, acompañando folio real, minuta del inmueble, catastro, boletas de agua y luz, etc., así como el muestrario fotográfico que acreditaría habitabilidad y habitualidad; empero, el Tribunal a quo refirió que no era suficiente, debido a que cómo era posible que haya tramitado y determinado que su domicilio se encuentra en la ciudad de Oruro, si su persona está detenido en esa jurisdicción, y por la falta de croquis de ubicación, siendo además que el Ministerio Público indicó que el registro domiciliario fue obtenido sin requerimiento fiscal; por lo que pidió explicación, complementación y enmienda señalando “que el verificador de la jurisdicción de Oruro aclara en el certificado que el solicitante se encuentra preso en la jurisdicción de Potosí y dice a requerimiento Fiscal y mantiene aún en su solicitud de enmienda incólume no se ha acreditado” (sic).