DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2018

Fecha: 25-Jul-2018

Sobre el numeral 2 del parágrafo III

La DCP 0009/2017, declaró la incompatibilidad del dicho numeral, considerando que de acuerdo al art. 236.II de la CPE señala como una prohibición en el ejercicio de la función pública “’Actuar cuando sus intereses entren en conflicto con los de la entidad donde presten sus servicios…’; por tanto, aun cuando exista la posibilidad de delegar la gestión de algún asunto personal del Concejal con el Gobierno Municipal; la prohibición persiste; consiguientemente, la frase ‘…excepto aquellos que no puedan delegarse‛ del numeral 2 del art. 33.III del proyecto, es incompatible con la Norma Suprema”.