DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2018

Fecha: 25-Jul-2018

Sobre los numerales 29 y 30

La DCP 0009/2017, declaró la incompatibilidad de los numerales 29 y 30 del art. 38 ahora art. 37 del proyecto de COM de Caraparí, por ser conexos con los numerales 21 y 22 del art. 31 del presente Proyecto, “en relación a la calificación de bienes que efectúa, por tanto, al afectar la reserva de ley establecida en el art. 339.II de la CPE el numeral 29 y la frase ‘…y Bienes de Patrimonio Institucional…‛ del numeral 30…”.

La nueva redacción del numeral 29 del art. 37, que expresa: “Presentar al Concejo Municipal, el proyecto de Ley Municipal de autorización de enajenación de bienes de Dominio Público, una vez promulgada remitirla a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su aprobación”, evidencia que fue subsanada la causa de inconstitucionalidad, respetando en consecuencia el art. 339.II de la CPE, relacionado a la calificación de bienes que efectúa.