DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2018

Fecha: 25-Jul-2018

Sobre los numerales 13 y 17

La DCP 0009/2017, declaró la incompatibilidad del numeral 13 del art. 14 de la COM de Caraparí, estableciendo que si bien dicho apartado establece los derechos de los habitantes, en el numeral observado se pretende establecer un deber, por lo que es incongruente con el objeto fundamental y genera inseguridad jurídica.

El numeral 17 del art. 14 del proyecto de la COM de Caraparí, fue declarado incompatible con los arts. 26.I y 241.V de la CPE, considerando de que: “…no existe forma de que el Gobierno Autónomo Municipal de Carapari garantice el ejercicio de dicho derecho, porque no es parte de su competencia la constitución de organizaciones de carácter político, aun siendo la materia de régimen electoral una competencia compartida; por ello justamente, se estableció anteriormente que los derechos previstos en las Cartas Orgánicas deben estar necesariamente vinculadas al ejercicio de sus competencias, de manera que su ejercicio pueda estar garantizado por la misma ETA”.