ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1156/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1156/2019-S2

Fecha: 31-Dic-2019

Cuarto

[16]Los terrenos están situados al frente del camino asfaltado Oruro – Uyuni con dirección a las chozas “Chankachuro y Irupujru”, cuya extensión aproximada según las autoridades participantes del trabajo de campo es de 50 tareas (El dato informativo corresponde al Expediente 27026-2019-55-CAI, de 26 de marzo).

[17] Sobre esta parte, conviene aclarar que no se trata de una desacreditación de las capacidades que tiene la jurisdicción indígena originario campesina, para resolver conflictos que son de su competencia; sino, que en las condiciones actuales, la JIOC tiene mucho menos posibilidades de impartir justicia por la presencia invasiva de la justicia ordinaria. A esto se suman las limitaciones logísticas en las que se encuentran las autoridades originarias para llevar a cabo su tarea, muchas veces agraviados, amenazados o sujetos a procesos ordinarios por parte de comunarios descontentos con sus resoluciones. En el caso de Coroma se ha visto que estas autoridades originarias, se ven atosigados por los constantes conflictos de tierras que se denuncian en estas instancias, son objeto de citaciones y notificaciones en la vía ordinaria y no tienen un asesoramiento jurídico. Una coexistencia de jurisdicciones en estas condiciones los deja en desventaja.      

[21] Contribución o Mulluqhuntu, términos usados en el sistema de tenencia y posesión para designar a Comunarios titulares de la tierra en Coroma, según información recopilada en el Informe Técnico de Campo TCP/STyD/UD/015/2019 de septiembre de 2019, Estudio de Normas y Principios sobre la Tenencia Posesión y Sucesión de la Tierra. Los hechos de avasallamiento y conflicto en la Estancia Urakaya y la emisión de la Resolución 01/2018 por las Autoridades de la NIOC Coroma, elaborado por Ronal Víctor Alanes Orellana, Antropólogo y Rubén Juan Huayllani Huarachi, Historiador, adjunto de sus anexos (fs. 223 a 269 y 269 a 392).