ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1156/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1156/2019-S2

Fecha: 31-Dic-2019

III.4.5.4.   Reuniones para la solución del conflicto y notificaciones a las partes involucradas

Hasta el 2010, mientras aún vivía Emilio Romero Rodríguez (hermano menor), el conflicto no trascendió significativamente ante las autoridades de la comunidad y el ayllu; no obstante que el padre e hijo “…Emilio y German Romero…” (sic), fueron denunciados por la familia Romero Ramos por barbechos de terrenos en zonas de pastoreo común de Uracaya, incluso afectando a otros vecinos colindantes a la jurisdicción territorial de la estancia mencionada (ver en anexos documento 1).

Posteriormente, el 2010 el conflicto se acentúa debido también al auge de la comercialización de la quinua por los precios altos. En esa coyuntura, Germán Romero Miranda amplia el barbecho de terreno en áreas fuera de su pertenencia (sayaña Siquiri), utilizando maquinaria agrícola (tractores) para todo el proceso productivo.

A partir de esta situación, las autoridades de las gestiones posteriores y a denuncia de las partes en conflicto, intervinieron y gestionaron el conflicto, habiendo efectuado inspecciones y verificación de campo, de los cuales se suscribieron actas de arreglo y conciliación, así como se emitieron resoluciones por autoridades del Ayllu, declarando “zona roja” a los terrenos de “Uracaya pampa” (ver en anexos documento 4). Empero, el conflicto se agravó en mayor intensidad, debido a que las actas y resoluciones emitidas por autoridad competente no fueron ejecutoriadas, menos cumplidas, ya que el Germán Romero Miranda, según la documentación aparejada, continuó cultivando inclusive terrenos “puruma” nuevos, al margen de su pertenencia. Pero también de los actos de avasallamiento derivaron en denuncias y procesos penales en la jurisdicción ordinaria (ver en anexos documento 5). 

Ahora bien, a fin de entender la complejidad del conflicto, se identifican actuados relevantes realizados por las autoridades originarias del Ayllu Huatacalla Crucero y la NIOC de Coroma, las que nos lleva a identificar la realidad de la problemática sobre el acceso, posesión a la tierra (quienes puede ser titulares contribuyentes) y los actos de avasallamiento referidos en el presente caso: