En virtud a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo); la suscrita Magistrada expresa su Voto Disidente a la DCP 0061/2019 de 4 de septiembre, en lo concerniente a la declaratoria de compatibilidad pura y simple de los
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En virtud a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo); la suscrita Magistrada expresa su Voto Disidente a la DCP 0061/2019 de 4 de septiembre, en lo concerniente a la declaratoria de compatibilidad pura y simple de los

Fecha: 04-Sep-2019

Fragmento 4

En esta línea, el legislador nacional, en lo referente a elección de autoridades Municipales (arts. 70 a 72 de la Ley del Régimen Electoral de 30 de junio de 2010), ha considerado que aquellas disposiciones de la referida Ley, constituyen un régimen básico y tienen aplicación uniforme en todos los procesos electorales de todas las entidades territoriales municipales autónomas.