SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2020-S3

Fecha: 30-Nov-2020

d)

d)  Consecuentemente, el error material al que la sumariada hace referencia, se constituye en una falta no por la aplicación de la responsabilidad objetiva, sino más bien por la especial situación de garante de la Fe Pública que le ha sido otorgada, por lo que no se puede consentir que un profesional del derecho elegido meritoriamente para el ejercicio de la carrera notarial alegue que sus actos no se han realizado con conocimiento y voluntad, o inconscientemente, no siendo en consecuencia errónea la motivación expresada por la Sumariante Disciplinaria;