AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2021-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2021-O

Fecha: 08-Mar-2021

Finalmente, es necesario hacer notar que al no encontrarse fundamentada la Sentencia impugnada del Tribunal Supremo de Justicia, como fue expuesto de manera precedente, tampoco es posible que este Tribunal pueda examinar y analizar la denuncia sobre una incorrecta interpretación de legalidad

Finalmente, es necesario hacer notar que al no encontrarse fundamentada la Sentencia impugnada del Tribunal Supremo de Justicia, como fue expuesto de manera precedente, tampoco es posible que este Tribunal pueda examinar y analizar la denuncia sobre una incorrecta interpretación de legalidad, pues previamente a ello es necesario que las autoridades ahora demandas absuelvan las deficiencias observadas en la Sentencia 620/2015” (las negrillas y el subrayado nos corresponden); aspecto que, el tercero interesado, malentiende al sostener que los nuevos argumentos de la Sentencia 196/2018, son precisamente la razón por la que sostuvo que existió un sobrecumplimiento; toda vez que, como precedentemente se ha desarrollado, los nuevos argumentos y las problemáticas que acusa no fueron motivo de la acción de amparo constitucional; es decir, no los analizó, ni debatió; y, por lo mismo no emitió pronunciamiento o disposición alguna y por ende no se puede disponer el cumplimiento (en menos o más) de lo que nunca fue resuelto.