AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2021-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2021-O

Fecha: 08-Mar-2021

lo dispuesto

Por su parte, lo dispuesto fue dejar sin efecto la Sentencia 620/2015 y ordenar que la parte demandada emita una nueva resolución, absolviendo la ausencia de fundamentación sobre cuatro puntos específicos que hacían a argumentos interpretativos planteados por el accionante en la vía ordinaria que no obtuvieron pronunciamiento: La vigencia del DS 25950 para sostener que no operó la prescripción; el criterio expresado por la entidad jerárquica sobre la inaplicabilidad al caso del plazo de prescripción establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo en mérito a su propia Disposición Transitoria Cuarta; las razones por las cuales se consideró que el argumento de la autoridad jerárquica, referido a que la aplicación del DS 27172 de 15 de septiembre de 2003, la que se encuentra ligada a normas especiales en telecomunicaciones, tal como el DS 25950, el cual a diferencia del primero, establece un plazo de prescripción; y, respecto a la pretensión de aplicación de la norma más favorable o benigna y los alegatos del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda que expresaron que el DS 27172 no se refería a plazos de prescripción; por lo que, se entendía que aludía a normas de carácter adjetivo y no sustantivo; de modo que, la Ley de Procedimiento Administrativo no era aplicable de forma retroactiva.