AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2021-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2021-O

Fecha: 08-Mar-2021

la legitimación activa para formular quejas y/o denuncias de incumplimientos, no está reservada única y exclusivamente para sujetos procesales intervinientes en el trámite de la acción de amparo constitucional

[1] El ACP 0018/2015-O de 9 de septiembre -por mencionar alguno-, asumió el siguiente entendimiento: “…Al respecto, para esta jurisdicción es importante destacar que, la legitimación activa para formular quejas y/o denuncias de incumplimientos, no está reservada única y exclusivamente para sujetos procesales intervinientes en el trámite de la acción de amparo constitucional -accionante y demandado-; es decir, entre tanto la decisión emergente de este Tribunal tenga repercusión directa en derechos de terceros, estos tienen la facultad de apersonarse a este Tribunal para formular las respetivas quejas y/o denuncias de incumplimiento, acreditando interés para tal efecto…”.