SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2021-S3

Fecha: 26-May-2021

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Como antecedentes refieren que, ante la noticia criminis de un hecho delictivo el Ministerio Público inició la investigación abriendo el proceso penal en contra de Roger Gonzalo Palacios Cuiza y José Diego Lambertin Flores -hoy terceros interesados-, por la presunta comisión del delito de concusión, presentándose la imputación formal correspondiente el 19 de septiembre de 2019, solicitando además la aplicación de medidas cautelares de carácter personal como la detención preventiva de ambos imputados, ante lo cual el Juez de la causa por Auto Interlocutorio de 21 de igual mes y año, determinó dicha medida restrictiva de su libertad, al haberse acreditado las condiciones exigidas por el art. 233 del Código de Procedimiento Penal (CPP) relacionado con los arts. 234 y 235 del mismo adjetivo penal, decisión que fue impugnada por los nombrados, siendo resuelta por Auto de Vista 241/2019 de 7 de octubre, que declaró la procedencia parcial de la apelación de Roger Gonzalo Palacios Cuiza e improcedente la del otro imputado antes mencionado, disponiendo además sin lugar a la revocatoria de la medida de detención preventiva. Posteriormente, Roger Gonzalo Palacios Cuiza planteó cesación de la detención preventiva que fue resuelta por Auto Interlocutorio de 5 diciembre de 2019, rechazándose dicha petición y siendo apelada mereció el Auto Vista 10/2019 de 18 de diciembre, que declaró parcialmente procedente, teniendo por desvirtuado en parte el supuesto procesal del art. 235.2 del CPP, sin lugar al cese de la medida privativa de libertad.