Auto Interlocutorio Definitivo S2/0010/2001

Fecha: 08-May-2001

Que, mediante auto de 23 de abril de 2001, cursante a fs. 110 vta. de obrados, en merito a lo dispuesto por la L. Nº 2175 de 20 de febrero de 2001, se excluye del proceso al Fiscal General de la República. Que, José René Salomón Vargas, Director Nacional del INRA, mediante memorial cursante de fs. 105 a 108 de obrados, opone excepción de falta de ...

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0021/2001

Fecha: 05-Nov-2001

POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional, con la facultad conferida por el art. 36 inc. 4) de la L. Nº 1715 y en aplicación del art. 10 parágrafo IV de la L. Nº 1760, RECHAZA el incidente de recusación en contra del Juez Agrario de Trinidad, suscitado por Arnaldo Roca Ribera, dentro de la demanda de reconocimiento del ejercicio de d...

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0012/2001

Fecha: 06-Jun-2001

Que, presentada la demanda, mediante decreto de 15 de mayo del año en curso, se dispuso que con carácter previo la demandante cumpla con lo establecido por el numeral 4) del art. 327 del Cód. Pdto. Civ., debiendo aclarar la acción que pretende incoar, asimismo acreditar la Resolución impugnada y la fecha de notificación con la indicada Resolución, ...

Auto Interlocutorio Definitivo S2/0017/2001

Fecha: 19-Jul-2001

POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, con la atribución y competencia que le otorgan los art. 288 y 294 del Cód. Pdto. Civ., aplicables supletoriamente en mérito al art. 78 de la L. N° 1715, declara LEGAL la compulsa, disponiendo que por Secretaría de Sala, se libre la respectiva Provisión Compulsoria de conformidad al art. 291 ...

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0013/2011

Fecha: 04-Feb-2001

29215, otorgándole al efecto el plazo de 15 días calendario computable a partir del día siguiente hábil de su legal notificación, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda, conforme lo previene el art. 333 del Cód. Pdto. Civ. en su parte in fine, de aplicación supletoria por mandato del art. 78 de la L. Nº 1715. Que, con dicho auto...

Auto Interlocutorio Definitivo S1/0022/2001

Fecha: 14-Nov-2001

CONSIDERANDO: Que las competencias de las Salas del Tribunal Agrario Nacional están claramente señaladas en el art. 36 de la L. Nº 1715; entre estas, está la referida a las demandas de nulidad y anulabilidad de títulos ejecutoriales y de los procesos agrarios que hubieran servido de base para la emisión de los mismos. Que, de conformidad al art. 26...