Auto Supremo AS/0087/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0087/2015-RRC

Fecha: 06-Feb-2015

“I


El Auto Supremo 761/2013 de 18 de diciembre, dejó sin efecto el Auto de Vista en razón a que los de alzada, al ejercer el control jurídico sobre la aplicación de las reglas de la sana crítica en la fundamentación de la sentencia, omitió señalar específica y fundadamente cuál el incumplimiento de la sentencia sobre los principios y reglas en la apreciación de la prueba; motivo por el cual estableció la siguiente doctrina legal aplicable:

“I. Entre los principios procesales que subyacen el sistema de justicia penal en el país, se encuentran los de oralidad e inmediación, entendiéndose que un proceso es oral si la fundamentación de la Sentencia se realiza exclusivamente mediante el material de hecho introducido verbalmente en el juicio. Para que la oralidad despliegue su máxima eficacia, las actuaciones procesales realizadas oralmente deben efectuarse ante el destinatario de las mismas, esto es, con la inmediatez del Juez o Tribunal sentenciador. El contacto directo del juzgador con los sujetos intervinientes permitirá al Juez o Tribunal del juicio hacer una recreación de la realidad lo más certera posible, teniendo acceso directo con las pruebas que le permiten formular precisiones o aclaraciones que contribuyan a realizar su enjuiciamiento fáctico