Auto Supremo AS/0271/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0271/2015-RRC

Fecha: 27-Abr-2015

Por lo expuesto, el Tribunal de Alzada no controló adecuadamente la adecuación de los hechos


Por lo expuesto, el Tribunal de Alzada no controló adecuadamente la adecuación de los hechos a los tipos penales acusados; toda vez, que correspondía analizar si el imputado Rolando Arteaga Flores al haber derribado el muro perimetral de ENFE, para el colocado de una puerta de garaje color verde, conforme estableció la sentencia como hecho probado, constituía una conducta típica, controlando si resultaba correcta la conclusión arribada por el Tribunal de Sentencia, labor que no cumplió al limitarse a señalar que hubo una correcta subsunción de los hechos al tipo penal, sin advertir la errónea aplicación de la norma penal sustantiva con relación al delito de destrucción o deterioro de bienes del Estado, como denunció el recurrente, deviniendo este motivo en fundado