Auto Supremo AS/0271/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0271/2015-RRC

Fecha: 27-Abr-2015

Respecto al delito de Allanamiento de domicilio y sus dependencias; toda vez, que el imputado


Respecto al delito de Allanamiento de domicilio y sus dependencias; toda vez, que el imputado habría ocupado dos cuartos en el patio sur de la estación, corresponde señalar que conforme se desarrolló en el apartado III.1.2 de esta Resolución, en cuanto a este tipo penal que de acuerdo con su configuración no comprende al domicilio de personas jurídicas, al hacer referencia respecto a las personas físicas, no obstante que toda persona (física o jurídica) tiene derecho a la inviolabilidad de su domicilio conforme prevé el art. 25.I de la CPE; existiendo la necesidad imperiosa que el legislador subsane este vacío, ya que el tipo penal no establece en forma taxativa la figura del allanamiento del domicilio de las personas jurídicas, vacío legal que no puede ser suplido por este Tribunal Supremo vía interpretación extensiva; existe en consecuencia la imperiosa necesidad que el legislador contemple esta figura penal. Es esta omisión normativa la que impide adecuar y subsumir la conducta del imputado a través de un encuadramiento perfecto con el tipo penal; por lo que se hace inviable la adecuación de su conducta al precepto previsto en el art. 298 del CP, no obstante que su conducta reúne varios de los elementos que el tipo penal configura de esta conducta antijurídica, pero al no prever taxativamente que su alcance es extensible a las personas jurídicas, no es posible castigar dicha conducta