Auto Supremo AS/0002/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0002/2016

Fecha: 05-Ene-2016

Antes de analizar la problemática planteada, es necesario advertir que el recurso de casación es

II.1.2. Casación en el fondo
Antes de analizar la problemática planteada, es necesario advertir que el recurso de casación es de carácter extraordinario procede contra ciertas resoluciones y por los motivos preestablecidos por ley, asimismo tratándose de valoración y compulsa de la prueba, ésta se encuentra inicialmente vedada al Tribunal de Casación por ser atribución privativa de los Jueces de instancia e incensurable en casación, a menos que se demuestre fehacientemente la existencia de error de hecho o de derecho y en esas circunstancias se invoque la causal de procedencia contenida en el art. 253-3) del Código de Procedimiento Civil