Prosiguen señalando que se vulneró el art
Identifican como vulnerados el debido proceso previsto en el art. 115 de la Constitución Política del Estado, el art. 1286 del Código Civil y art. 397 del Código de Procedimiento Civil, disposiciones que no fueron aplicadas correctamente en razón de no haber otorgado a toda la prueba ofrecida el valor que le asigna la ley así como las presunciones legales, que el Auto de Vista ignoró y valoró mal la prueba ofrecida al no disponer el pago de indemnización por el tiempo de servicios que corresponde, 13 años para Mabel Estrada, 13 años y 14 meses para Oscar Bollati y 5 años y 1 mes para Ana María Farell, todo en base a los verdaderos sueldos promedio indemnizables expresado en dólares.
Prosiguen señalando que se vulneró el art. 3 inc.j) y art. 158 del Código Procesal del Trabajo ya que pese a que esta normativa otorga a los jueces la facultad de tomar libre convencimiento, sin respaldo legal modificaron el tiempo de servicios y efectuaron nuevo cálculo de beneficios sociales sin considerar ni valorar la prueba cursante a fs. 5, 8, 9, 10, 59, 60, 70, 71a 78, 82, 83, 84, 85 a 88 624, 722 a 723, 711 y 715
Prosiguen señalando que se vulneró el art. 3 inc.j) y art. 158 del Código Procesal del Trabajo ya que pese a que esta normativa otorga a los jueces la facultad de tomar libre convencimiento, sin respaldo legal modificaron el tiempo de servicios y efectuaron nuevo cálculo de beneficios sociales sin considerar ni valorar la prueba cursante a fs. 5, 8, 9, 10, 59, 60, 70, 71a 78, 82, 83, 84, 85 a 88 624, 722 a 723, 711 y 715
- Demandado: Sociedad Industrial Tierra S.A
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- Como emergencia de apelaciones y recursos de casación interpuestos a su turno por las partes,
- En cumplimiento de esta resolución, la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de
- Sostienen los recurrentes que, el Auto de Vista impugnado, infringió los arts
- Añaden que la liquidación mal practicada tampoco dispuso el descuento de los montos recibidos por
- Que, el Auto de Vista recurrido contiene contradicción toda vez que respecto a Gladys Estrada
- Denuncian violación de los artículos 192 num
- Culmina señalando que corresponde anular obrados disponiendo que el Tribunal Ad-quem emita nueva resolución cumpliendo
- Señalan que el Auto de Vista N° 040/2014 en su segundo considerando de forma arbitraria
- Relación laboral
- Prosiguen señalando que, a fs
- Que, dada la intervención judicial de la empresa y siendo que el empleador no tomó
- Sueldo promedio indemnizable, explican que fue demandado en dólares porque los pagos siempre fueron realizados
- Prosiguen señalando que se vulneró el art
- Que, se violó el art
- Denuncian violación del art
- Violación del art
- Infracción del art
- Concluyen solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista impugnado y
- Mediante memorial cursante de fs
- Añade que debió identificarse las causales señaladas por el art
- Observa que en el recurso de casación se reiteró el contenido de la apelación en
- Concluye solicitando se declare infundado el recurso interpuesto señalando que las demandantes recurrentes son ajenas
- La pretensión de anular obrados para que el Tribunal de Alzada pronuncie nueva resolución, tiene
- Al respecto es necesario efectuar las siguientes precisiones
- En conclusión, el Tribunal Supremo de Justicia que tiene limitada su competencia para verificar si
- Antes de analizar la problemática planteada, es necesario advertir que el recurso de casación es
- En el caso, de la lectura de los fundamentos expuestos en el recurso de casación
- Comprende el Tribunal de casación que lo que en este acápite se denuncia es error
- Asimismo, si de la valoración de la prueba cursante a fs
- El Tribunal Ad-quem, en el segundo Considerando del Auto de Vista recurrido, al pronunciarse sobre
- En el documento (fs
- A todo lo relacionado debe sumarse el contenido de la documental de fs
- La documental de fs
- Sobre el periodo transcurrido entre el 20 de agosto de 2000 y el 6 de
- La prueba de fs
- En consecuencia, el Tribunal Ad-quem al establecer como fecha de conclusión de la relación laboral
- En el caso, en la demanda de fs
- Sobre esta base, respondida la demanda, el auto de relación procesal de fs
- En cuanto a Gladys Mabel Estrada se advierte la existencia de prueba documental en la
- Del sueldo promedio indemnizable
- Añadido a todo lo expuesto, el Tribunal Supremo de la revisión de los antecedentes procesales
- Similar acuerdo transaccional de la misma fecha, cursa a fs
- Al respecto, en aplicación del mandato del art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Firmado
