Auto Supremo AS/0002/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0002/2016

Fecha: 05-Ene-2016

Infracción del art

Infracción del art. 6 inc. e) del D.S. 1592 de 19 de abril de 1949 y art. 25 inc. e) del D.S. N° 3691 de 3 de abril de 1954 que establece que se considera tiempo de servicios las interrupciones de trabajo originados por causas ajenas a la voluntad de los trabajadores por tanto, debió liquidarse los beneficios sociales y sueldos devengados hasta el 1ro. de enero de 2003