Auto Supremo AS/0814/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0814/2016-RRC

Fecha: 17-Oct-2016

Decisión que es correcta pues el defecto previsto por el inc


Decisión que es correcta pues el defecto previsto por el inc. 6) del art. 370 del CPP, es absoluto y amerita la nulidad de la Sentencia, toda vez que los únicos facultados para dicha actividad jurisdiccional, son los Jueces o Tribunales de Sentencia; por lo que, esta Sala Penal no advierte la existencia de contradicción entre la doctrina legal sentada por los precedentes invocados y la resolución impugnada, por lo que corresponde declarar infundado el cuestionamiento