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    Auto Supremo AS/0743/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0743/2016

    Fecha: 28-Jun-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • En síntesis, el fundamento del Tribunal para confirmar la Resolución es el siguiente
    • Refiere que el juzgador a tiempo de fallar no se habría sustraído de la realidad
    • En contra del referido Auto de Vista, el demandante Guillermo Vivado Molina y el demandado
    • La referida Sentencia Constitucional al analizar el caso concreto expone como fundamento, que la citación
    • II.- DEL CONTENIDO DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y SUS RESPUESTAS
    • En base a esos argumentos, indica que el Tribunal de casación debe dictar Resolución anulando
    • En el Punto 2
    • Indica para que dicha operación jurídica se repute como una donación susceptible de colación, requería
    • Refiere violación por falta de aplicación del art
    • Con relación a la documental de fs
    • En base a esos argumentos, en el Punto 4
    • Acusa como leyes violadas y aplicadas falsa y erróneamente por el Ad-quem, las siguientes disposiciones
    • Refiere violación de los arts
    • También acusa violación del art
    • Indica que el fallo de segunda instancia incurre en violación, interpretación errónea y aplicación indebida
    • En base a esos argumentos concluye solicitando con respecto a su recurso de casación en
    • La única respuesta que se tiene al recurso de casación de Guillermo Vivado Molina,
    • En cuanto a la aplicación del art
    • Con relación al reclamo de la actuación del Defensor de Oficio, indica que el recurrente
    • III.1.- Con relación a las nulidades procesales
    • (…)
    • “Finalmente, en esta exposición del decurso de la doctrina relativa al principio de motivación y
    • III.2.- Con relación a la colación de bienes hereditarios
    • Por su lado el consagrado Dr
    • Señala que la aparente sencillez que establecen los arts
    • Por otra parte, el citado autor, refiriéndose a las donaciones simuladas indica que las simulaciones
    • Concluye indicando de manera categórica, que las donaciones nulas como las anulables son colacionables
    • Por su parte, el tratadista Guillermo A
    • Definitivamente, la recurribilidad de las resoluciones judiciales está en función del agravio que cause la
    • Por su parte Enrique Lino Palacios en su Obra “Derecho Procesal Civil”, Tomo V, numeral
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Si bien el Ad-quem no ha realizado una fundamentación de manera individualizada con respecto a
    • Con relación a las garantías hipotecarias que viene a constituir el primer reclamo, se debe
    • Si bien el Juez A-quo en la parte considerativa de la Sentencia hace referencia a
    • Con relación a las compras de inmuebles realizados por los padres a favor del recurrente
    • IV.2.- Recurso de Mario Vivado Molina: (fs. 619-639 y vta.)
    • El recurrente también interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán

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