Auto Supremo AS/0743/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0743/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Por su parte, el tratadista Guillermo A

Por su parte, el tratadista Guillermo A. Borda en su Obra: “Tratado de Derecho Civil”, Sucesiones, Tomo II, Décima Edición 2012, actualizado por Delfina Borda, refiriéndose a la donación, indica:
“La donación puede provenir de ciertas enajenaciones disfrazadas de actos onerosos, hechas así con el propósito de beneficiar a uno de los herederos más allá de lo que permiten las legítimas de los otros. Un caso en que esa simulación resulta muy evidente es el que sigue: un padre vende a uno de sus hijos un valioso inmueble, con reserva de usufructo. El enajenante seguirá gozando de la propiedad como si fuera suya, y, al morir, el dominio quedará consolidado en su hijo predilecto, quedando el bien excluido de la masa que debe formarse para calcular la legitima. Similar es el caso de que el adquirente haya asegurado al enajenante una renta vitalicia. Resulta patente el acto mismo (no obstante su apariencia de onerosidad) el propósito de burlar la ley; y para evitar las dificultades propias de la prueba de la simulación, esta sale al cruce de la maniobra y presume que se trata de actos gratuitos”.
III.3.- Con relación al interés legítimo para impugnar las resoluciones:
La Sala Civil de este Tribunal en el Auto Supremo Nº 508/2014 de 08 de septiembre ha establecido lo siguiente:
“Uno de los varios derechos que nacen de la relación procesal, es el derecho de recurrir contra las resoluciones judiciales, cuya naturaleza es estrictamente procesal; pero para que cualquier recurso sea admisible y procedente, al margen de los requisitos de forma y contenido, debe cumplir con otros requisitos generales de carácter subjetivo y objetivo; entre uno de los requisitos subjetivos se encuentra la necesaria existencia de gravamen o perjuicio que genera la resolución contra los intereses del litigante, siendo este requisito el más importante que habilita al justiciable el interés legítimo para recurrir