Auto Supremo AS/0743/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0743/2016

Fecha: 28-Jun-2016

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L


Auto Supremo: 743/2016 Sucre: 28 Junio de 2016
Expediente: LP -218 – 15 – S
Partes: Guillermo Vivado Molina c/ Mario Vivado Molina, Graciela Vivado Molina,
Eliana Karin Vivado Jordán, Luis Alberto Vivado Jordán y otros. Proceso: Ordinario, división y partición de bien inmueble
Distrito: La Paz

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 581 a 605 y vta., interpuesto por Guillermo Vivado Molina y el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 619 a 639 y vta., interpuesto por Mario Vivado Molina, ambos contra el Auto de Vista–Resolución Nº S-181/10 de 01 de junio de 2010 de fs. 576 a 577, el último recurso además interpuesto contra el Auto complementario de fs. 617, pronunciados por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de división y partición de bien inmueble, seguido por Guillermo Vivado Molina, contra Mario Vivado Molina, Graciela Vivado Molina, Eliana Karin Vivado Jordán, Luis Alberto Vivado Jordán, Federico Vivado Jordán, Ingrid Elizabeth Vivado Jordán, Mónica Corina Vivado Jordán de Wallper, Cecilia Cuellar Vda. de Vivado, Álvaro G. Elías A. y Pedro A. Vivado Cuellar, Amalia Vivado Antequera de Daza, Felicidad Eguilos Vivado, Gerardo Eguilos Vivado, María del Carmen Vivado Vásquez, María Eugenia Vivado Vásquez y María Gloria Vivado Vásquez; con reconvención de Federico y Eliana Karin Vivado Jordán de colación por imputación de la masa hereditaria, reducción, división y partición de bienes del total del patrimonio hereditario, más pago de frutos, intereses, daños y perjuicios; la respuesta de fs. 673 a 674 al primer recurso de casación; el Auto de concesión de fs. 680 y demás antecedentes.
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
I.1.- Sustancia el proceso en primera instancia, el Juez Noveno de Partido en Materia Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, mediante Sentencia-Resolución Nº 135/2003 de 01 de abril de 2003 de fs. 416 a 419 y vta., declaró IMPROBADA la demanda de fs. 5-6 y PROBADA en parte la demanda reconvencional de fs. 37-40, 46 y 121 a 124; IMPROBADAS las excepciones perentorias de prescripción y falta de acción y derecho opuesta a fs. 133-136 contra la demanda reconvencional.
I.2.- Apelada que fue la indicada Sentencia por el demandante Guillermo Vivado Molina y luego de la nulidad dispuesta por A.S. Nº 35/2009 emitido por la Sala Civil Segunda de la Ex Corte Suprema de Justicia, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia de La Paz de aquel tiempo, mediante Auto de Vista-Resolución Nº S-181/10 de 01 de junio de 2010 de fs. 576 a 577 (2º Auto de Vista), confirmó la Sentencia apelada