Auto Supremo AS/0855/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0855/2017-RRC

Fecha: 31-Oct-2017

3)Defecto de la sentencia contenido en el art


2)Defecto de la Sentencia contenido en el art. 370 incs. 3) y 6) del CPP, dado que se basaron en la enunciación de los hechos, en hechos inexistentes, al haberse excluido la acusación del Ministerio Público mediante Auto Interlocutorio 13/2013, por lo que, ni siquiera debería ser mencionado el Ministerio Público, al no ser parte del proceso.

3)Defecto de la sentencia contenido en el art. 370 incs. 10) y 11) del CPP, sobre la inobservancia de las reglas previstas para la deliberación, con relación al incumplimiento del art. 359 inc. 2) del CPP y violación de las reglas de la congruencia, art. 362 del CPP. Pues pese a que el Auto de apertura refiere que se lo condena por diez delitos; sin embargo, en la parte dispositiva del POR TANTO de la Sentencia, se lo condenó por 4 delitos (Asociación Delictuosa, Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de las Funciones Públicas, Uso Indebido de Influencias y Peculado) y se lo absolvió por dos (Uso de Instrumento Falsificado y Falsedad Ideológica), dejándose de pronunciar cobre los otros cuatro delitos como son (Contratos Lesivos al Estado, Falsificación de Documento Privado, Estafa y Estelionto)