Auto Supremo AS/0855/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0855/2017-RRC

Fecha: 31-Oct-2017

b)Encontrándose culpabilidad en el acusado Jimmy Edgar Andrade Siles en la comisión del delito de


b)Encontrándose culpabilidad en el acusado Jimmy Edgar Andrade Siles en la comisión del delito de Asociación Delictuosa, Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de las Funciones Públicas, Uso Indebido de Influencias, la sanción que establece la ley con pena máxima por el delito de uso Indebido de Influencias es de presidio de dos a ocho años; teniendo presente que la víctima es el Estado boliviano, que producto de estos hechos ilícitos perdió una suma considerable de caudales públicos, habiendo el acusado planificado en forma perspicaz un proceso irregular y fraudulento de contratación, abusando la confianza que le encomendó la administración pública de cuidar y custodiar los caudales públicos, habiéndose interesado en un proceso de licitación en el que se tenía que mantener distancia, imparcialidad y transparencia, y lo más grave se traduce en haberse demostrado en beneficio económico que le redituó este irregular proceso de licitación, correspondiendo fijar una pena de siete años, pero tratándose de la comisión de varios delitos y ante la existencia de un concurso ideal, ya que con una sola acción violó diversas disposiciones legales que no se excluyen entre sí, debiendo ser sancionado con la pena del delito más grave, pudiendo el Juez aumentar el máximo hasta en una carta parte, que equivale a un año y ocho meses, llegando a la pena total de ocho años y ocho meses de presidio