Auto Supremo AS/0130/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0130/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

Como fundamentación de derecho el Tribunal llegó a la convicción plena sobre la inculpabilidad del


Como fundamentación de derecho el Tribunal llegó a la convicción plena sobre la inculpabilidad del imputado Emilio Guzmán Peralta sobre el hecho sometido a juzgamiento a instancia del Ministerio Público y acusación particular, por cuanto la conducta del imputado no se subsume a las exigencias del art. 145 del CP, que exige que el funcionario público en el ejercicio de sus funciones recibiere directa o indirectamente dádivas u otras ventajas o aceptare ofrecimiento, pues allá de la declaración efectuada por Venancio Paredes quien afirma haberle entregado a manos del imputado Bs. 4250.- (cuatro mil doscientos cincuenta bolivianos), dicha declaración fue subjetiva en el entendido que no fue corroborada por ninguna documental; tampoco, se conocieron las declaraciones de Venancio Paredes durante la etapa preparatoria, así también aclara que dicho imputado jamás le pidió dinero, ni le hizo ninguna promesa ya que el dinero lo habría entregado a mandato de su jefa, Martha Janethe Padilla Vasalovick, quien no fue ofrecida como testigo y peor aún no estuvo presente en el juicio oral; tampoco, existe el acta de secuestro de dinero ni la constancia del dinero llevado a la Notaria a la cual se hizo referencia