Auto Supremo AS/0225/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

v)En relación a la coacusada Lilian Herrera Arequipa, en el numeral 6) Apreciación conjunta de


v)En relación a la coacusada Lilian Herrera Arequipa, en el numeral 6) Apreciación conjunta de la prueba esencial producida, señala que: “… no se demostró antecedentes policial por hechos similares, tampoco una sentencia condenatoria (…) sólo se tiene referencia al respecto, por cuanto de la prueba de cargo, no se tienen objetivamente datos precisos al respecto”. El Tribunal nuevamente incurrió en un argumento subjetivo, las pruebas codificadas como MP-D-14, MP-D.15, MP-D-18, MP-D-20 a MP-D-24, no han sido debidamente valoradas, ni otorgadas su valor correspondiente, pruebas que no tienen el valor asignado, simplemente, el Tribunal de limita en señalar que no se demostró antecedente policial por hechos similares, como si ello fuera un requisito para considerar las pruebas; pues al contrario, constituye argumento sin base jurídica ni fundamento, inobservando lo previsto por los arts. 124 y 173 del CPP