Auto Supremo AS/0270/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0270/2017-RRC

Fecha: 17-Abr-2017

Bajo dichos argumentos, por principio de celeridad y trascendencia, habiendo quedado establecido que el defecto


Además, se debe tener presente que el deber de fundamentación, no es solo deber de los operadores del órgano judicial, sino también de la parte impugnante, al respecto este Tribunal por Auto Supremo 571/2015-RRC de 4 de septiembre, estableció: “El deber de fundamentación no sólo es propio del juez o tribunal, sino que el recurrente tiene también la obligación de dar una correcta motivación a su recurso, toda vez que el pronunciamiento sobre el recurso será en proporción a la motivación del mismo, por lo cual, el recurrente debe expresar de manera clara y jurídica lo que denuncia y lo que pretende, así también lo señala Oscar R.


Pandolfi en su libro `Recurso de Casación Penal´ página 335, al expresar que: `Uno de los requisitos formales esenciales para la fundamentación adecuada del recurso de casación es la completitividad del escrito de interposición, el cual debe autoabastecer, a efectos de que el tribunal respectivo pueda, mediante su sola lectura, interiorizarse en los alcances de la materia recurrida, esto es del proceso y de la sentencia recaída.´, similar criterio está contenido en la Sentencia Constitucional 1306/2011, que señala: `De tal manera que el accionante tiene el deber de fundamentar los agravios, para que no sólo la parte contraria pueda en todo momento refutar éstos sino también para que el Tribunal de apelación pueda resolver en total orden y coherencia los agravios denunciados en los que habría incurrido el Juez a quo´.”. Requisito que el recurrente no cumplió en su recurso de casación, pues sí bien identificó el error en la resolución del Tribunal de mérito, señalando que éste incurrió en fundamentación contradictoria, no explicó el efecto perjudicial y decisivo en la sentencia impugnada, que estableció como hecho probado el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, delito configurado por la pretensión de sacar de Bolivia hacía Chile, sustancias controladas.

Bajo dichos argumentos, por principio de celeridad y trascendencia, habiendo quedado establecido que el defecto denunciado carece de fundamentación y relevancia para el resultado de la resolución del recurso de apelación restringida que fue declarado improcedente, corresponde declarar infundado el motivo analizado