Auto Supremo AS/0623/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0623/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

En cuanto a que la sentencia carece de fundamentación, al no precisar, enunciar, menos describir


En cuanto a que la sentencia carece de fundamentación, al no precisar, enunciar, menos describir los datos probatorios, que no determinan la tipicidad del delito, sino la culpabilidad que concluyó irracionalmente en su condena y que la sentencia no fundamentó la concurrencia de los elementos constitutivos de los tipos penales atribuidos, no existió un razonamiento lógico, intelectivo, jurídico ni fáctico, sobre qué elementos probatorios denotaron que su persona cometió los delitos atribuidos, considerando el recurrente ser sancionado sin ser culpable; de la lectura de la sentencia, evidenció que a fs. 190 vta., la Jueza detalló las razones jurídicas por las que la conducta del acusado se subsume de los delitos en cuestión, estableciendo en cuanto a la culpabilidad: “porque tenía conocimiento que el dinero resultante de los productos entregados, estaba obligado a restituir a PIL S.A.”, en relación al tipo penal de Apropiación Indebida se sustancia ampliamente, porque se detalla que recibió los productos y que no se restituyó el dinero resultante; en relación al tipo penal de Abuso de Confianza, la Jueza explicó a detalle la base probatoria y efectuó el análisis jurídico correspondiente, debiéndose tener presente que el agravio se funda en falta de fundamentación, que sí es cumplida de manera clara, específica, completa, legítima y lógica en la sentencia impugnada