Auto Supremo AS/0225/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2018-RRC

Fecha: 10-Abr-2018

Agregó que la complicidad, no puede ser considerada como un tipo penal que criminalice una


Agregó que la complicidad, no puede ser considerada como un tipo penal que criminalice una conducta, razón por la que, no guarda relación directa en la configuración de los elementos constitutivos del tipo penal. En la complicidad, no hay posibilidad de establecer, si esto constituye delito instantáneo o permanente, la complicidad es una forma de participación criminal que no tiene relación alguna con el ámbito temporal de la ejecución de un delito; al efecto del tópico planteado, el Tribunal de alzada expresó que se debe partir del tipo penal que vincula la complicidad; esto es, del delito de Asesinato tipificado y sancionado por el art. 252 incs. 2), 3) y 6) del CP, cuya penalidad legal en su máximo es de treinta años de presidio. En el caso particular, la complicidad fue plenamente demostrada, por lo mismo no resultaba evidente el defecto de sentencia acusado, al no contar con sustento legal y jurídico