Auto Supremo AS/0225/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2018-RRC

Fecha: 10-Abr-2018

Más adelante puntualizó que la legislación prohíbe al juzgador aplicar la íntima convicción cuando en


Más adelante puntualizó que la legislación prohíbe al juzgador aplicar la íntima convicción cuando en todo caso le corresponde fundamentar sus resoluciones bajo las pruebas del proceso y aplicar la sana crítica, acompañada de una prueba acabada y directa, lo que no ocurrió en el presente caso, pues por la inobservancia de las reglas de la sana crítica, se crearon cauces paralelos en la valoración de las prueba y las inferencias realizadas, al perderse de vista que ninguno de los testigos mencionó que lo vieron por el lugar de los hechos, es más, el testigo de cargo Rubén Santos Agudo, mencionó que a momento de parar el vehículo RAV-4 percibió que su conductor se encontraba solo, era una persona delgada, de tez blanca y de pelo largo, características fisonómicas con las que no cuenta; y es más, si se estableció que se encontraba a momento del disparo conduciendo el vehículo NOAH de color dorado, que por propia declaración de los testigos presenciales se encontraba a una distancia no mayor de 30 metros, se pregunta cómo se puede inferir que el disparo haya sido realizado a más de 93 metros, demostrando estos extremos, entre otros, la incorrección en las inferencias efectuadas en Sentencia