Auto Supremo AS/0225/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2018-RRC

Fecha: 10-Abr-2018

De lo advertido, se tiene que los supuestos fácticos que dieron lugar a los Autos


De lo advertido, se tiene que los supuestos fácticos que dieron lugar a los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2004 y 231 de 4 de julio de 2006, estuvieron referidos en el primer caso a la falta de correcta fundamentación de parte del Tribunal de alzada en la emisión de su fallo y el segundo a la exigencia de una correcta fundamentación de la resolución de alzada, de modo que ambos guardan similitud con la problemática planteada por el recurrente en sentido de que el Tribunal de alzada hubiese incurrido en falta de fundamentación y motivación; en cuyo mérito, corresponde su contraste jurisprudencial. Se deja constancia, que este criterio no es aplicable con relación al Auto Supremo 431 de 11 de octubre de 2006, al constatarse que el hecho analizado en el precedente, radicó sustancialmente en haberse establecido que el Tribunal de apelación no consideró que la conducta desplegada por el entonces imputado se adecuaba al delito de Suministro de Sustancias Controladas en grado de tentativa, difiriendo con relación al hecho cuestionado por el recurrente en el recurso de casación, en el que, como ya se explicó, cuestiona la falta de fundamentación y motivación del Auto de Vista impugnado, respecto a la subsunción de su conducta al tipo penal de Asesinato en grado de complicidad, debido a la errónea aplicación de la norma sustantiva. En ese contexto, no se advierte similitud del hecho que permita establecer la contradicción alegada por el recurrente con este último precedente