Auto Supremo AS/0261/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0261/2018

Fecha: 04-Abr-2018

Los recurrentes, manifiestan que el Auto de Vista es incongruente entre la parte considerativa y

Se concluye, que la decisión asumida por el Tribunal de Alzada a momento de emitir el Auto de Vista, su sustentó en las pruebas documentales que no fueron objeto de valoración por el juez de instancia, descartándose en este punto la carencia de motivación y fundamentación.
V.2.2. En cuanto a la violación del principio de congruencia.
Los recurrentes, manifiestan que el Auto de Vista es incongruente entre la parte considerativa y la parte dispositiva, toda vez que no existiría fundamento legal en la parte considerativa que demuestre la improcedencia de la demanda de pago de mejoras, como tampoco existiría fundamentación y elementos que demuestren la acción reconvencional de pago de lucro cesante