Auto Supremo AS/0261/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0261/2018

Fecha: 04-Abr-2018

Sostuvieron que el Auto de Vista, es vulneratorio al debido proceso previsto en el artículo

Sostuvieron que el Auto de Vista, es vulneratorio al debido proceso previsto en el artículo 115.II de la CPE, debiendo ser sancionado con la nulidad en previsión de los artículos 190, 192 y 193 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 124 del Código de Procedimiento Penal de aplicación subsidiaria y la ratio de las Sentencias Constitucionales: N° 2536/2010-R de 19 de noviembre, N° 1470/2012 de 24 de septiembre, N° 0325/2013 de 18 de marzo, y N° 2080/2012 de 08 de noviembre entre otras