Auto Supremo AS/0627/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0627/2019

Fecha: 01-Jul-2019

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3. Expresaron que su tía Nicolasa Céspedes Vargas en su primer matrimonio, contrajo nupcias con Fortunato Vásquez con quien obtuvieron el inmueble de 2.716,68 m2 ubicado en la zona de Motecato, comprensión de Vinto jurisdicción de la provincia de Quillacollo, actualmente inscrito bajo la Matrícula con Folio Real Nº 3.09.4.01.0007976, a la muerte de Fortunato Vásquez sin dejar descendientes o ascendientes, en previsión del art. 1102 del Código Civil, sucedió la esposa supérstite Nicolasa Céspedes Vargas, pasando a constituir en su totalidad como propiedad personal o patrimonial de su causante, extremo que no fue valorado conforme a ley, sin embargo en el asiento 1-A y sin tener derecho a suceder ingresa Eduardo Gómez Paniagua como propietario