Auto Supremo AS/0627/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0627/2019

Fecha: 01-Jul-2019

El orden de los parientes colaterales se caracteriza por constituir un llamamiento legítimo no forzoso

El orden de los parientes colaterales se caracteriza por constituir un llamamiento legítimo no forzoso. Se trata del único orden que, al no comprender herederos forzosos, actualiza su vocación con carácter supletorio al llamamiento que el causante hubiese efectuado en un testamento. Además, es el único orden que resulta excluido por el cónyuge supérstite con quien, por consiguiente, no concurre como acaece con los descendientes, sean legítimos o extramatrimoniales y ascendientes