Auto Supremo AS/0700/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0700/2019-RRC

Fecha: 27-Ago-2019

DECIMO


DECIMO. - Que también se hubiera tenido como otro extremo probado, que la Empresa IMBOLSUR interpuso un Recurso Administrativo Jerárquico ante el Director Departamental del SEDECA de 21 de julio de 2008 extremo corroborado por la prueba MP-21 y mediante CITE OF. DIR-SEDECA N° 0225/2008 de 23 de julio, el Ing. Miguel A. Rojas Zamora en su calidad de Director Departamental del SEDECA elevó ante el Prefecto para que esta autoridad dilucide si dicho Director fuese o no competente para resolver el Contrato Suscrito entre la Empresa IMBOLSUR, SEDECA y la Prefectura Del Departamento de Tarja (MP-22), de acuerdo a la prueba de cargo MP-58 el entonces Prefecto Mario Cossío resolvió el Recurso Jerárquico a través de la Resolución N° 272/2008 de 21 de Octubre; el plazo para dictar Resolución de acuerdo a norma se vencía el 23 de octubre de 2008 y el Prefecto como máxima autoridad dictó la Resolución Prefectural N° 272/2008, el 21 de Octubre, teniéndose en consecuencia que la misma fue dictada dentro del plazo legal y cumpliendo oportunamente con su deber, extremos que está corroborada por la pruebas MP-58, y por la propia Acusación del Ministerio Publico en su Página 3, Párrafo primero, también se tiene que el coacusado Mario Cossío cursó el Oficio CITE: Desp./Pref/JAM-N° 1552/2008 de 24 de Octubre, Jefe de la Unidad de Gestión Jurídica de la Prefectura, remitiendo la Resolución N° 272/2008 e instruye "evaluar si existen causales de resolución Í. de contrato y en su caso iniciar los trámites para tal efecto... " Oficio recibido en la Dirección Jurídica el 24 de octubre de 2008 correspondiendo a la MP-61, en consecuencia se tiene de la prueba que el coacusado Mario Adel Cossío remitió la Resolución Prefectural para que sea está ejecutada por el Jefe de la Unidad de Gestión Procesal, y de igual forma se tiene que el Director del SEDECA mandó 2 oficios a la máxima autoridad de la Prefectura; el primero fue el CITE OF. DIR. N°. 038/2009 de 30 de enero, codificada como MP-63, y el CITE OF. DIR.SDC. N° 421/09 de 22 de septiembre, correspondiendo a la PM-30 y MP-65. Y un tercer oficio dirigido al Prefecto interino Mauricio Lea Plaza. Los oficios solicitaban información sobre el Recurso Jerárquico de IMBOLSUR, recurso que ya había sido resuelto por el Prefecto ahora acusado el 21 de octubre de 2008, es decir 4 meses antes del primer oficio y 11 meses antes del segundo, careciendo los mismos de relevancia jurídica en el juicio por ser posteriores a la Resolución Jerárquica