Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0700/2019-RRC
Fecha: 27-Ago-2019
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memoriales presentados el 27 de diciembre de 2018, Jorge Finny y Alexander Kennedy, abogados
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 40/2016 de 18 de julio (fs
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Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
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I.1.1. Motivos de los recursos de casación
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Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 215/2019-RA de 11 de abril,
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II
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Previa reseña de condiciones para que el Tribunal de casación aperture su competencia, la parte
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Plantean la contradicción entre el Auto de Vista impugnado y el Auto Supremo 439/2018-RRC, resaltando
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Expone que “del tenor íntegro del Auto de Vista Nro 93/2018…se advierte que el tribunal
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Los de apelación omitieron pronunciarse sobre la prueba aportada en la contestación que demostrase “que
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Finalmente manifiesta que la conclusión arribada por el Tribunal de apelación en torno a la
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Contradicción entre el Auto de Vista 93/2018 y el Auto Supremo 170/2013-RRC de 19 de
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Similar argumento es expuesto en torno a la fundamentación fáctica, analítica e intelectiva
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Extractando un pasaje del Auto Supremo 170/2013-RRC de 19 de junio, identificando los lineamientos jurisprudenciales
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Contradicción con el Auto Supremo 246/2007 de 7 de marzo
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Alega que por el art
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Haber determinado la existencia de un defecto de sentencia en el orden del art
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El recurso plantea que la Sentencia tuvo una correcta interpretación de los alcances del art
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En cuanto al delito contenido en el art
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Se expresa también que el Auto de Vista 93/2018 contradice la doctrina legal contenida en
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Agrega que, en el supuesto, de haberse realizado aquel control podía constatarse que “no era
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En cuanto al octavo motivo alega que el Auto de Vista impugnado contradice el Auto
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Los representantes de la PGE señalan que el Auto de Vista impugnado, en sus puntos
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Señala la PGE que el Auto de Vista recurrido, es contradictorio en sí mismo “pues
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I.1.2. Petitorio
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 215/2019-RA de 11 de abril, cursante de fs
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
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PRIMERO
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SEGUNDO
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TERCERO
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CUARTO
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QUINTO
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SEXTO
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SEPTIMO
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OCTAVA
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NOVENO
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DECIMO
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DECIMA SEGUNDA
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DECIMA TERCERA
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II.2. De los recursos de apelación restringida
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Contra la resolución impugnada, el Ministerio Público (fs
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Ahora bien, tomando en cuenta los agravios admitidos en el Auto de Admisión, se tiene
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Denunció el defecto de Sentencia previsto en el art
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Acusó el agravio previsto en el art
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Denunció el agravio previsto en el art
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II.2.2. Del recurso de apelación restringida presentada por el Servicio Departamental de Caminos SEDECA-Tarija
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Denunció el agravio relativo al art
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Invocó el defecto de Sentencia previsto en el art
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La entidad recurrente aludió la vulneración del art
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Denunció la inobservancia del art
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II.2.4. Del recurso de apelación restringida presentada por la Gobernación del Departamento de Tarija
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La Entidad Departamental denunció el defecto previsto en el art
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Denunció el defecto previsto en el art
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró la procedencia parcial
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II.3.1. Con relación a la apelación restringida del Ministerio Público
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III
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En el presente caso, en los recursos de casación: a) Los Abogados Defensores de Oficio
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III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por los arts
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Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
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III.4. Análisis del caso concreto
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Tomando en cuenta las problemáticas planteadas en el Auto de Admisión corresponde que las mismas
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En tal sentido, la entidad recurrente invocó el Auto Supremo 724/2004 de 26 de noviembre,
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Finalmente, se invocó el Auto Supremo 337/2010 de 1 de julio, emitido dentro del proceso
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Bajo este preámbulo, teniendo en cuenta que el precedente invocado y lo denunciado del Auto
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Con relación al mismo agravio presentado por el Vice Ministerio de Lucha Contra la Corrupción,
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Finalmente, relativo al agravio previsto por el art
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Sin embargo, no resulta menos cierto que al margen de haber realizado un correcto control
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En tal sentido, la parte recurrente invocó el Auto Supremo 439/2018 RRC de 25 de
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Que, establecidos los antecedentes que cursan en obrados, respecto a la tramitación de la apelación
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Sobre el particular el Auto Supremo 311/2015-RRC de 20 de mayo, ha dejado establecido, con
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De la verificación del Auto de Vista impugnado, resulta evidente lo argumentado por el recurrente, ya
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El art
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Sobre el particular, analizado los argumentos traídos en casación referente a que el Tribunal de
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En consecuencia, se evidencia que lo resuelto por el Tribunal de alzada contradice el precedente
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Asimismo, se debe tomar en cuenta que los efectos de la anulación de la Resolución
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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