Auto Supremo AS/0556/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0556/2020

Fecha: 05-Nov-2020

Adicionalmente, nadie privó ni obstaculizó el derecho de la Gobernación de Chuquisaca de ejercer su

Tampoco se trata de la única prueba y no se debe olvidar que el informe pericial complementario, contiene varios de los documentos producidos por la propia Gobernación de Chuquisaca, como el Resumen Ejecutivo de fojas 1.250, el CITE GOB. DR N° 1036/2015 de fojas 1251, la nota Cite. SUP. PEDER N° 01/15 de fojas 1.252 a 1.253, el Informe Técnico CITE DR-JMB-73/2015 de fojas 1.255 a 1.267, el Informe N° 01/2015, Contrato Modificatoria N° 1 de fojas 1.268 a 1.279.
Adicionalmente, nadie privó ni obstaculizó el derecho de la Gobernación de Chuquisaca de ejercer su derecho a la defensa, de producir prueba, de solicitar peritajes, estudios u otros medios de prueba válidos en derecho. En el propio recurso en análisis, no existe un solo argumento de derecho para impugnar la Sentencia N° 499/2018; son todos argumentos líricos de contenido político mas no jurídico, como corresponde a un recurso de esta naturaleza