Auto Supremo AS/0556/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0556/2020

Fecha: 05-Nov-2020

La cláusula o cláusulas exorbitantes, no significan discrecionalidad, abuso o exceso de autoridad

La cláusula o cláusulas exorbitantes, no significan discrecionalidad, abuso o exceso de autoridad. En realidad, así se denominan las previsiones que se insertan en los contratos administrativos empezando por el hecho de no dar posibilidad a que el particular pueda introducir cláusulas o previsiones que considere convenientes a su parte; de otro lado, algunos elementos acerca de la interpretación unilateral de ciertos documentos que forman parte del contrato; y las modificaciones que puedan ser efectuadas en el curso de la ejecución del contrato (que es algo que ocurrió en el presente caso). Es posible que en la consideración de una situación particular, se pudieran identificar otras posibilidades además de las señaladas, pero lo que es importante mencionar, es que independientemente de que se llamen cláusulas exorbitantes, no significa que la administración no deba someter sus actos plenamente al imperio de la ley