Auto Supremo AS/0556/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0556/2020

Fecha: 05-Nov-2020

Por otra parte, debe primar la lógica y la razón; no puede iniciarse la contratación

Por otra parte, debe primar la lógica y la razón; no puede iniciarse la contratación de un proyecto cuyo desarrollo supuestamente va a demorar por ejemplo, tres años, para dejar paralizado el mismo luego del primer año porque no fue presupuestado el total de la obra. Eso es simplemente un desatino y un absurdo. No puede iniciarse un proceso de contratación estatal si no se tiene la certificación presupuestaria que acredite la existencia de recursos suficientes para cubrir el costo total del proyecto